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lunes, 1 de septiembre de 2014

Mercado de la TV en América Latina

http://www.mediatelecom.com.mx/index.php/agencia-informativa/mediagrafias/item/72511-mercado-de-tv-de-paga-en-am%C3%A9rica-latina.html


http://www.jornada.unam.mx/2014/08/31/politica/007n2pol

La brecha entre lo real y lo deseable: $14,532, dice la Uia en Puebla
Calcula estudio que el ingreso mínimo mensual en México debe ser de $16,444
Roberto Garduño
 
Periódico La Jornada
Domingo 31 de agosto de 2014, p. 7
El informe Observatorio de salarios,elaborado por la Universidad Iberoamericana (Uia) campus Puebla, refiere que para cubrir las necesidades básicas de cada uno de los jefes de familia en el país, se requiere un ingreso mínimo de 16 mil 444 pesos mensuales. No obstante, la brecha se ensancha entre esa cifra y el ingreso real per cápita de los trabajadores por mes, que alcanza mil 607 pesos con 50 centavos. De tal forma la diferencia entre el ingreso deseable y el real es de 14 mil 532 pesos al mes.
La Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del artículo 123 constitucional, establece en su artículo 90 que el salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. La norma agrega que el salario deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en los órdenes material, social y cultural, pero sobre todo para proveer de educación obligatoria a los hijos.
Por tal razón el Observatorio de Salario y sus investigadores asignaron un valor monetario al conjunto de bienes, para los que se supone debe alcanzar un salario mínimo, según el artículo 120 de la Constitución.
El primer escollo en que derivó la investigación radica en que para cubrir esas necesidades básicas el ingreso de los jefes de familia debe ascender a 16 mil 444 pesos, frente a un salario mínimo general promedio de los trabajadores que apenas alcanza 65.68 pesos al día, según la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
Para determinar esa cantidad crearon una metodología para elaborar tres prototipos de canasta de consumo: canasta básica de alimentos, canasta básica no alimentaria, canasta de alimentos.
En la primera el trabajador tendría que obtener un ingreso de 6 mil 563.14 pesos para cubrir las necesidades de su familia; en la segunda 9 mil 881.62 pesos, y en la tercera 16 mil 444 pesos; no obstante, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social recientemente reportó que el ingreso laboral promedio fue en 2010 de mil 703.40 pesos al mes, mientras el segundo trimestre de 2014 ese promedio bajó a mil 607.50 pesos.

Propuesta para desvincular el salario mínimo como unidad de cuenta

http://www.elfinanciero.com.mx/economia/preparan-desvinculacion-de-salarios-minimos.html

Preparan desvinculación de salarios mínimos

La Unidad de Medida y Actualización, que será propuesta por el gobierno federal para sustituir al salario mínimo, tendría un valor inicial de 67.29 pesos; la iniciativa explica que esta medida puede ser el primer paso hacia una recuperación del poder de compra del salario mínimo”.
Redacción
 31.08.2014 Última actualización 05:05 AM
Dinero
La Unidad de Medida y Actualización servirá para sustituir al salario mínimo, según la propuesta del gobierno federal. (Bloomberg)
CIUDAD DE MÉXICO.- El gobierno federal prepara una iniciativa de Ley para crear la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en sustitución del salario mínimo.

El borrador de la iniciativa, en poder de EL FINANCIERO, que consta de cinco artículos y seis transitorios, indica que la caída drástica de los salarios mínimos, de 72.6 por ciento desde 1976, “se ha debido en buena medida a que en la legislación vigente, el salario mínimo no se utiliza únicamente como la mínima remuneración que legalmente pueden recibir los trabajadores sino también como unidad de cuenta para indexar diversos montos”, por lo que el salario mínimo carece de independencia como instrumento de política pública.

“Así, por ejemplo, un incremento del salario mínimo implementado con el fin de mejorar las condiciones de vida de los trabajadores de menores ingresos podría perjudicar a trabajadores con ingresos mayores al salario mínimo cuyas percepciones no se ajustarían necesariamente al cambio (pero sí el saldo de su deuda con el INFONAVIT o el FOVISSSTE u otros gastos como son las contribuciones a la seguridad social)”, señala la exposición de motivos de la nueva Ley.

La UMA sería calculada por el INEGI, ajustada por la inflación y tendría un valor inicial de 67.29 pesos en una base diaria; de 2 mil 45.62 pesos en base mensual y de 24 mil 547.44 en base anual tras la aprobación de la nueva Ley.

En lo sucesivo, el INEGI publicaría en el Diario Oficial dentro de los primeros diez días de enero de cada año, el valor diario, mensual y anual de la UMA.

Su valor se ajustaría “multiplicando el valor diario de la UMA del año inmediato anterior por uno más el crecimiento porcentual interanual del Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior”. El valor mensual de la UMA se calculará multiplicando su valor diario por 30.4 veces mientras que su valor anual se calculará multiplicando su valor mensual por 12.

El artículo tercero transitorio de la Iniciativa de Ley establece que las dependencias federales deberán tomar las medidas para sustituir lasreferencias al salario mínimo por la UMA, mientras que las entidades federativas, el DF y los municipios lo podrán hacer en caso de así decidirlo.

Para los contratos privados que tengan referencias al salario mínimo, no será necesario hacer el cambio de denominación a menos que las partes lo acuerden de manera expresa.

Para los créditos a la vivienda otorgados por instituciones del Estado, deberá hacerse la conversión de las unidades de medida.

Los acreditados tendrán un plazo de 90 días tras la entrada en vigor de esta Ley para expresar su desacuerdo con el cambio, en caso de haberlo. En el futuro, los créditos a la vivienda ya no se otorgarán en términos de salarios mínimos pero podrán otorgarse en UMAs.

La exposición de motivos de la Iniciativa señala que ésta “debe entenderse como el primer paso hacia una recuperación del poder de compra del salario mínimo”.