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martes, 20 de mayo de 2014

Reforma fiscal y efecto sobre el pequeño comercio



Se aproxima la desaparición de las tienditas?

Viridiana Mendoza Escamilla

Acerca de Viridiana Mendoza Escamilla

Editor Web Sr. de Forbes.com.mx. Fan de la cultura emprendedora y las preguntas difíciles. Sus vicios: viajar, conocer personas y contar las historias que se atraviesan en ese camino.
Escrito por  en mayo 17, 2014
Tienda de abarrotes ‘La Providencia’, Teresa Nava, 1983, maqueta técnica mixta
Tienda de abarrotes ‘La Providencia’, Teresa Nava, 1983, maqueta técnica mixta
La reforma fiscal ha asestado al menos tres golpes que impactarán la forma de funcionar de las tiendas de barrio, el modelo de emprendimiento por excelencia en el país. Estos pequeños negocios tienen dos opciones: adaptarse o morir.



Margarita y su esposo son mexicanos, trabajaron duro desde jóvenes y ahora que están retirados dedican su tiempo y esfuerzos a un pequeño local donde venden abarrotes al por menor. La jornada empieza todos los días a las siete treinta de la mañana y termina cerca de las once de la noche, cuando sus últimos clientes van por un poco de jamón y pan para los refrigerios de la escuela al día siguiente.
“Hay días buenos. Una vez vendimos 5,000 pesos en un día; suena mucho dinero, pero cuando uno descuenta lo que es de los proveedores y lo de los ayudantes apenas queda para invitar a Margarita al cine o a comer”, dice el pequeño empresario.
Esta es la realidad para cerca de un millón de ‘tienditas’. De acuerdo con el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas, del INEGI, en el país hay 975,760 negocios de comercialización de abarrotes al menudeo.
El número podría ir en aumento cada día si se considera que abrir un negocio propio es el sueño de 56% de los mexicanos, según el Reporte Global de Emprendedores Amway. Sin embargo, la reforma fiscal que entró en vigor en enero,  implica cambios que impactarán el funcionamiento de estos pequeños negocios y se traducen, en algunos casos, en la elección de adaptarse o no sobrevivir.

¿Víctimas colaterales?
Las tienditas lucen como un negocio factible y simple, sin embargo, el aumento de precio por el gravamen a productos con alto contenido calórico, alimento para mascotas e insecticidas; el cambio en el régimen fiscal y la nueva tendencia a los pagos electrónicos implican al menos tres impactos que las tienditas deberán sortear para mantenerse a flote.

Primer impacto: Adiós a los Repecos
Margarita explica que sus días se van entre atender clientes, atender proveedores y sacar las cuentas cuando baja la cortina. La cuestión de los impuestos la ve su hija menor, que es licenciada: ella sólo sabe que está bajo el régimen de Repecos y que debe hacer un  pago cada cierto tiempo, eso es todo.
Ella es parte del 87% de pequeños empresarios que no sabe acerca de la desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), que en enero se transformó en el Régimen de Incorporación fiscal. Una encuesta realizada por la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño de la Ciudad de México (Canacope) concluye que sólo 13% de los pequeños comerciantes sabe que ahora forma parte de otro esquema fiscal, por lo que es fundamental que el dueño o encargado de las tiendas pueda tener una computadora con Internet y conozca cómo se utilizan los programas.
“Lamentablemente en la Ciudad de México, sólo uno de cada 10 negocios tradicionales tiene computadora con Internet, y ni qué decir del uso y manejo de los programas. Quienes tributábamos bajo este régimen (Repecos) calculábamos el pago de nuestros impuestos mediante la simple sumatoria de nuestras ventas a las que correspondían una cuota fija, según una tabla prediseñada. La operación sólo implicaba el llenado de un formulario y el pago correspondiente ante las tesorerías locales. Ahora, la autoridad espera que durante este lustro el pequeño contribuyente pueda aprender la cultura fiscal y el manejo del nuevo sistema, el cálculo y el desglose de IVA, ISR, IEPS y sus demás obligaciones patronales”, señala la Canacope.
El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)  busca empadronar a las personas físicas y negocios con ingresos menores a 2 millones de pesos. Los contribuyentes que pertenecían a la figura de Repecos migraron automáticamente al nuevo esquema y deberán Inscribirse en el RFC, conseguir una contraseña, emitir facturas y presentar declaraciones bimestrales. Como facilidad para la integración, el esquema permite una exención de 100% sobre el ISR el primer año, 90% el segundo año y así sucesivamente.
¿Realmente es tan difícil como suena? En opinión de José Manuel Velderrain Sáenz, Socio y Director General de Velderrain Sáenz y Asociados, el panorama luce menos complejo.
“La declaración puede realizarse por Internet. El régimen no busca dar una mayor carga a los pequeños negocios, busca identificar a sus proveedores. Conforme los pequeños negocios acrediten la procedencia de su mercancía, podrán hacer deducciones del ISR y con ello disminuir la carga tributaria”, afirma.

Segundo impacto: Aumento en precios
Chicles, insecticidas, refrescos, galletas, frituras, alimento para mascotas… La lista de los productos que se vieron impactados en precio por la entrada en vigor de los nuevos gravámenes en la reforma fiscal tienen una cosa en común: su principal canal de distribución son las tienditas.
El reporte Homescan, de la firma de información y medición Nielsen, arroja que 7 de cada 10 pesos adicionales por sobrecosto de productos derivados de la reforma fiscal se realizan en canales de venta tradicionales, por lo que se espera una reducción en el consumo de alimentos y bebidas en las categorías impactadas tanto en tienditas como en supermercados.
“Sólo el refresco y las aguas envasadas son productos de mayor venta en el comercio minorista. y el incremento del impuesto en su precio le impactará negativamente a nuestros clientes, quienes ya pagan el aumento en los costos del trasporte público concesionado, así como del gas doméstico y gasolina, entre otros, que fueron autorizados en el transcurso de este año”, acusa Concanaco.
TIENDITAS1

Tercer impacto: Hola a los pagos electrónicos
En la tienda de Margarita hay una hoja de color amarillo fosforescente pegada al mostrador que reza: Se aceptan vales de despensa. Ella explica que cuando junta suficientes vales de despensa los ocupa en algún club de precios (Sams o Costco, por ejemplo) para surtir algo de la mercancía de la tienda.
Afirma que mucha gente en el barrio recibe esos vales en el trabajo y es buena estrategia aceptarlos, de lo contrario, la gente tiene que ir al super a gastarlos. Sin embargo, la reforma fiscal también contempla cambios en este sentido.
Hasta el año pasado, esta prestación era deducible para el patrón en ISR al 100%. Con la nueva ley, se estipula que los vales de despensa en la modalidad de tarjeta (monedero electrónico) serán deducibles en ISR en un 53%, siempre y cuando en 2014, se otorgue al trabajador la misma cantidad que se le  otorgó en el año 2013, ya que si el monto de vales  de despensa a otorgar en 2014 disminuye respecto al 2013, el porcentaje de deducibilidad en ISR será solo del 47%. Los vales de despensa en papel ya no serán deducibles en ISR, pero sí estarán exentos de cargas sociales, ambas modalidades para el cálculo del Seguro Social, Infonavit, Impuesto sobre Nóminas (ISN), y el SAR.
“Algunas empresas seguirán dando vales en papel, pero creemos que en su gran mayoría migrarán de papel a tarjeta. Un poco más de 50% de las empresas que estaban en papel migraron a tarjeta en los primeros dos meses del año”, explica Celso Fernandes Pereira, CEO de Sodexo, quien afirma que el reto de las tiendas pequeñas que aceptaban vales en papel se verán impactadas porque deberán adoptar tecnología para cobros electrónicos, un terreno desconocido para la mayoría de los comerciantes minoristas en tienditas de barrio.

Una nueva generación
José Manuel Velderrain es de la idea de que los impactos que sufrirán los pequeños negocios sólo son el principio de una nueva generación de tiendas con un mejor esquema de funcionamiento.
“Comparado con no llevar una contabilidad, el nuevo esquema de incorporación sí implica mayor carga administrativa, pero el esquema es adecuado pues es importante que exista un esquema para fiscalizar a los contribuyentes que operan fuera de la ley y no pagan impuestos, creo que el esquema tiene similitudes con otros modelos utilizados con éxito en economías como la de Chile, que de cierto modo es similar a la mexicana”.
En teoría, suena bien, pero Margarita sonríe nerviosa ante la pregunta de si está lista para los cambios. Sacude la cabeza y responde: “Nosotros ya estamos grandes, va a estar difícil entenderle a una máquina para cobrar con tarjeta o a la declaración de impuestos, imagínese, si ya nos hacemos bolas para pagar a nuestros proveedores y a veces hasta salimos tablas, creo que el gobierno no ha pensado en eso”.

El primer paso: Adoptar (y adaptase) al RIF
A continuación, una guía de la  Canacope con pasos 10 que los pequeños comerciantes deberán seguir para cumplir con el régimen de incorporación fiscal.
1. Ingresar al sistema con su RFC y contraseña.
2. Registrar los gastos realizados que no se tuvo una factura electrónica (CFDI), en el programa del SAT “Mis Cuentas”; o sea aquellas compras por las que solo se obtuvo ticket o nota de venta.
3. Considerar como gastos deducibles solo aquellos que tienen respaldo con una factura electrónica (CFDI) y solicitar el archivo digital correspondiente.
4. Facturar de manera diaria, semanal, mensual o bimestralmente las operaciones realizadas al público en general, sin desglosar impuestos. Recomendamos que sea de manera bimestral.
5. Emitir notas por ventas por operaciones mayores a 100 pesos.
6. Podrá emitir facturas a particulares, registrando el RFC del cliente y desglosando el impuesto.
7. Conservar a disposición de la autoridad, los archivos digitales de las facturas electrónicas (CFDI), que emita durante 5 años.
8. Llevar un control estricto del IVA y, en su caso, del IEPS, que afecten a sus operaciones de compra y venta, pues requiere determinar los impuestos bimestrales.
9. Pagar con cheque o tarjeta las compras mayores a los 2,000 pesos.
10. Inscribir a los ayudantes y empleados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Para los comercios y pequeñas empresas que tributen bajo este régimen, se les ofrece como principal beneficio, que no pagarán el ISR en el primer año, y realizan pagos con descuento gradual descendente del 100% el primer año, y del 10% en el último, durante un periodo de 10 años.